Modificaciones a las reglas para presentación de solicitudes relacionadas con Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas ante el IMPI.

El IMPI modificó las Reglas para la presentación de solicitudes en materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas ante el Instituto. El Acuerdo se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (9 de septiembre de 2026) y entra en vigor el mismo día.

¿Qué debes saber?

  1. Parte de los trámites se canaliza a través del Portal Ciudadano Único de gob.mx. Conviene confirmar la vía correcta antes de presentar.
  2. En materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas, se prevé el Formato Único IMPI-00-007. Se derogan disposiciones y el formato IMPI-00-008 que ya no aplican bajo la nueva regla.
  3. Si tu solicitud ya estaba en trámite antes de esta publicación, continúa conforme a la norma vigente al momento de su presentación. No asumas que “todo cambió” de un día para otro.

Esta actualización es sobre todo operativa: afecta cómo y con qué formato se presenta, no “borra” derechos ya solicitados. Aun así, un error de formato o de vía puede retrasar (o complicar) tu expediente.

En ADDME revisamos si tu caso debe ir por el portal, qué formato aplica y qué conviene hacer si estás a punto de presentar o ya tienes un trámite vivo.

¿Tienes dudas con el trámite de tu marca, DO o IG? Escríbenos. addmeabogados.com

Fuente: DOF, 09/09/2026 (Acuerdo que modifica las Reglas de presentación de solicitudes ante el IMPI). https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5798275&fecha=09/09/2026

#RegistroDeMarcas #IMPI #PropiedadIndustrial #IndicacionGeografica #DenominacionDeOrigen #ADDMEAbogados #MarcasMéxico #AbogadosDeMarcas